Alquilar una vivienda es un procedimiento que requiere un examen minucioso de determinados detalles. Destacan los costes, la ubicación del inmueble y las estipulaciones contractuales que haya insertado el propietario en el documento. Aunque pueda parecer mucho más sencillo que comprar, hay factores de mucha atención.
Es una buena idea tomar algunas medidas y observar determinadas pautas a la hora de firmar un contrato de alquiler de viviendas. Estas medidas se hacen para conseguir el hogar ideal y evitar fraudes y dolores de cabeza por problemas que no se hayan contemplado.
Estos inconvenientes pueden ser la necesidad de pagar una fianza, la ayuda al alquiler, las posibles disputas o diferencias con el casero, el seguro de hogar y la gestión de averías, problemas con los vecinos y otras situaciones similares. Estos son los consejos que se deben tomar en cuenta:
1.- Estudiar los precios de alquiler en la zona
Dependiendo de la zona de la ciudad, los precios a pagar por alquileres varían considerablemente. Cuando se desea vivir en una determinada zona, hay que estudiar el mercado específico. Por lo general, los costes de alquiler se estipulan por metros cuadrados de la vivienda.
No obstante, elementos como sistemas o personal de seguridad, áreas comunes, existencia de servicios como parabólica, piscinas, gimnasios o similares pueden impactar el precio del alquiler.
Es recomendable elaborar una lista de los inmuebles tentativos y establecer pros, contras y cada plus de las alternativas y estudiar lo que se busca y las ofertas del mercado.
2.- El dueño de la vivienda
Se debe comprobar que la persona que quiere alquilar la vivienda es realmente el propietario. Esto puede sonar raro, pero es bueno esclarecer esto para evitar fraudes. Esta información tiene que verificarse en el Registro de la Propiedad.
En realidad, se trata de un proceso sencillo que puede hacerse usando internet y solicitando una notificación directa que ofrece información breve y sucinta sobre el estatus legal de una propiedad. En este resumen se muestra una breve descripción de la casa o piso, el propietario actual y las cargas de cualquier naturaleza si las hubiera.
3.- La firma del contrato
Los casos más frecuentes de fraude al alquilar una vivienda suceden cuando las transacciones se hacen en internet. Por supuesto que la tecnología ayuda a hacer estos trámites. Pero, se debe recurrir a sitios confiables de venta y alquiler de inmuebles.
No pocas veces se ha dado el caso de que un propietario ficticio que afirma estar ausente pide hacer un trámite por internet porque no puede mostrar la vivienda. Cuando esto es así, por lo general, una empresa inmobiliaria se encarga de todo.
No se debe confiar en quien pide pagos y firma de contratos de alquiler sin tener todas las garantías legales.
4.- Atención al contrato por escrito
Todo acuerdo de alquiler celebrado con una persona o empresa inmobiliaria debe constar por escrito. Los acuerdos verbales no pueden utilizarse para establecer las condiciones, ni acordar reglas.
En el caso de incumplimiento en casos de litigios si no hay un contrato escrito no valen nada. Por lo tanto, las disposiciones acordadas entre ambas partes tienen que estar por escrito y que cada parte conserve una copia firmada del documento.
En consecuencia, hay que examinar detenidamente las cláusulas del contrato antes de firmarlo. Es necesario comprender la duración del acuerdo, el alquiler mensual, los gastos asociados que correrán a cargo de cada parte y quién se encargará del mantenimiento de la propiedad.
5.- El pago de fianza
La ley obliga al propietario a depositar la fianza solicitada al inquilino en el organismo regional correspondiente. Pero algunos no lo hacen. Se trata de un aspecto crucial que puede dar lugar a que el inquilino pierda la fianza y le resulte imposible deducir el alquiler.
También debes saber que, de acuerdo con la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), la cantidad que el inquilino aporte al arrendador por concepto de fianza no debe superar el equivalente a un mes de alquiler en el caso de personas físicas o dos meses si se trata de sociedades jurídicas. Es imprescindible guardar los recibos de los pagos.