Se prohibirá la publicidad de alimentos y bebidas que no son saludables en menores, esta propuesta afectará principalmente a dulces, chocolates, postres, galletas, helados y ciertos productos altos en grasa.
Alberto Garzón, ministro de Consumo, ha notificado que un real decreto normalizará la exposición publicitaria de bebidas y alimentos que no son saludables dirigida al público infantil y adolescente, esta medida afectará a la publicidad en salas de cine, internet, televisión, páginas webs, apps, y redes sociales, con temas dirigidos a menores de 16 años. La orden afectará principalmente a dulces, chocolates, postres, galletas, helados y ciertos productos altos en grasa.
Esta información fue dada el pasado jueves durante una reunión en el Ayuntamiento de Barcelona junto a Ada Colau, alcaldesa de la región, donde se ha enmarcado a la ciudad de Barcelona como Capital Mundial de la Alimentación Sostenible este 2021.
Esta medida dará inicio este 2022
Garzón ha expresado que el proceso será rápido y se estima para el 2022: «El trabajo está hecho. Contamos con los documentos pertinentes para adaptar estos medios nutricionales junto a la OMS (Organización Mundial de la Salud) al procedimiento de regulación ya se ha conversado con la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia».
«En España el incremento de sobrepeso fue de 23% y la obesidad con una estimación de17%. La suma sobrepasa el 40% en niños de 5 y 9 años. Son cantidades preocupantes y alarmantes», y ha alarmado el ministro, indicando que estas cantidades son el doble entre las familias humildes que entre las familias más adineradas, según lo redactado en el informe Aladino, se ha comprobado las evidencias de que las diferentes estrategias puestas en marcha desde hace más de 10 años para disminuir el sobrepeso y la obesidad infantil, como está prescrito en el Código de autorregulación Paos determinado por la propia industria, ha sido algo «insuficiente».
Los niños son los consumidores más vulnerables
Los niños son los consumidores más vulnerables y ante esta alarmante situación se vio en la obligación como gobierno protegerlos frente a la publicidad de consumo de dulces.
Consumo decidió fijar con cordura la medición de los perfiles nutricionales determinados por la OMS. Así, la norma afectará a cinco clases de productos que definitivamente no podrán hacer ningún tipo de publicidad a menores independientemente de temas de nutrientes. La primera clase son los productos de dulcería como: a base de chocolate, azúcar, coberturas, postres y hasta as barritas energéticas. Le sigue los alimentos como: galletas dulces, pastelillos y otros productos de pastelería. Tampoco se podrán divulgar otras tres clases que forman los las bebidas energéticas, zumos y helados.